Establecimientos también estarán controlados por la Policía
Teniendo en cuenta que el próximo 30 de enero de 2017 comienza a regir el nuevo Código de Policía, la revista Gente le cuenta cuáles son las normas que deberán cumplir los establecimientos comerciales.
Según la norma, es considerado establecimiento comercial, la actividad lícita desarrollada por las personas naturales y jurídicas, en cualquier lugar y sobre cualquier bien, sea comercial, industrial, social, de servicios, de recreación o de entretenimiento; de carácter público o privado o en entidades con o sin ánimo de lucro, o similares o que siendo privados, sus actividades trasciendan a lo público.
Dichos establecimientos estarán mucho más controlados, pues la Policía tendrá la potestad para intervenir sin autoridad previa de la Alcaldía y solicitar documentación al día.
“Cuando se viola alguna de las normas, se puede hacer la suspensión temporal de la actividad y se cierra inmediatamente. El proceso se hace en el sitio mediante un proceso verbal inmediato”, manifestó el intendente Jairo Corzo, encargado de la Oficina de Contravenciones de Floridablanca.
Con este Nuevo Código, “si el administrador o propietario del sitio infringió la norma, se le hacen los descargos en el sitio e inmediatamente si es necesario, se hace acreedor a alguna medida correctiva, que se impone ahí mismo”.
El intendente explicó que, anteriormente podía tomarse meses, “además los descargos solo podían darse por el administrador o el propietario y muchas personas se iban y dejaban al vigilante. Hoy en día se aplica al que esté respondiendo por el establecimiento en el momento, ya no necesariamente debe ser el administrador o el propietario”.
Otro tema importante es que se está castigando a los establecimientos que estén ejerciendo una actividad no autorizada y que “desean burlar la acción policial cambiando de razón social una y otra vez, para seguir funcionando en los inmuebles circundantes. Ahora, con el nuevo Código de Policía, se puede generar un bloqueo ante la Cámara de Comercio”.
Para eso, las autoridades tendrán acceso a la base de datos de la Cámara de Comercio, con el fin de hacer el reporte de las personas que están ejerciendo una actividad ilegal.
La suspensión temporal solo la realizan las autoridades como el Comandante de Estación, Comandante de CAI o delegado de las dos personas.
Cabe destacar que los establecimientos comerciales también tendrán que propender por el buen uso del suelo, del espacio público, demarcar salidas de emergencia, cumplir con horarios de basura, y ante todo propiciar la sana convivencia, pues dos o más llamados de atención en menos de dos años acarrearán cierres temporales o definitivos (Ver recuadros).
Uso de Suelo
Según informes de la Oficina Asesora de Planeación, es de uso residencial la zona que compende la calle 32 y calle 34 entre carrera 26 y 26B, y solo pueden funcionar actividades compatibles con el grupo 1 como locales de bienes y servicios como tiendas, micromercados, misceláneas, pastelerías, floristerías, heladerías, licoreras, peluquerías, parqueaderos, oficina de correo, lavandería y tintorería.
También supermercados, carnicerías, joyerías, fuentes de soda, billares, entidades financieras, veterinarias, entre otras más.
En el sector comercial de Cañaveral, que va desde la calle 30 hasta la calle 31A entre carreras 24 y 26A, pueden funcionar actividades compatibles con el grupo 1; así como del grupo 2 que incluye supermercados, pescaderías, almacenes de muebles, discotiendas, almacenes de repuesto, ropa, calzados, vidrierías, entre otros; y del grupo 3 como distribuidoras, depósitos, bodegas con áreas menores a 200 metros cuadrados, exhibición y ventas de vehículos y motocicletas o venta minorista de insumos agrícolas.
También es permitido el funcionamiento de desayunaderos, café conciertos, casinos, entre otros.
Lo que sí queda claro es que en la zona no podrán funcionar bodegas de almacenamiento, servicios fúnebres, bares, whiskerías, tabernas, discotecas, apartahoteles, moteles, residencias, centros nocturnos ni casas de lenocinio; todos estos de alto impacto para la comunidad.
Otras sanciones
Ante cualquier tipo de irregularidad, las personas pueden denunciar a los cuadrantes: 301 3461879 y 301 3461880.
10
días es la sanción máxima de la suspensión temporal de la actividad por incurrir en alguna falta.