Menú de categorías

| Feb 12, 2016 | Portada, Qué pasa?

Todos a participar de la Asamblea General ¿Por qué es importante asistir a la asamblea?

GENTE DE CAÑAVERAL

GENTE DE CAÑAVERAL

Como bien lo reglamenta la ley, todos los años, los edificios y unidades residenciales deben convocar a sus copropietarios durante los tres primeros meses a la Asamblea General Ordinaria.

Este espacio que resulta de real importancia para elegir el nuevo administrador, el consejo y a su vez para establecer el presupuesto anual y rendir cuentas, se convierte además en una oportunidad de seguir valorizando su apartamento.

Por eso, además de ser obligatoria su asistencia, se hace fundamental una buena actitud para avanzar durante el encuentro, ponerse de acuerdo y votar de manera pacífica.

Para ello, Gente le presenta el antes, el durante y el después, que le permitirá lograr con todos los asistentes una reunión exitosa.

Estas pautas así como las preguntas más frecuentes sobre cómo establecer el nuevo precio de la administración, entre otras dudas, fueron resueltas por el abogado experto en Propiedad Horizontal, Ramiro Serrano Serrano, quien afirma: “en la Asamblea se define el futuro de la copropiedad que en último va a valorizar nuestras unidades privadas. El no asistir es permitir que una minoría decida en el futuro de nuestro patrimonio”.

Amparo Pamplona

Administradora

“Es importantísimo que los propietarios asistan a las asambleas para que tengan la oportunidad de saber si lo que se aprueba alcanza para el sostenimiento del conjunto.

Además se deben aportar soluciones y remunerar bien a su administrador ya que se le exige tanto. La actitud del administrador es de trabajar, responder, pero es difícil que nuestro trabajo sea apreciado pues no podemos tener contento a todo el mundo.

La actitud del residente o propietario debe ser respetuosa, llegar a la reunión con actitud positiva para analizar cada una de las situaciones. Además se debe valorar el trabajo de los consejeros y del administrador.

 Antes de la Asamblea

1.Es una obligación legal el aprobar los estados financieros y el presupuesto por parte del consejo de administración antes de ser llevados a la Asamblea.

2. Tenga al día el libro de residentes para comunicar sobre la fecha y hora de la Asamblea Ordinaria con 15 días corrientes de anticipación a su realización como lo exige la ley.

3. Escoja un día apropiado, para que asista el mayor número de copropietarios.

4. Envíe la relación de morosos. Se sugiere que esta exigencia legal se haga con el número de la unidad privada y no de la persona porque no es necesario ponerla en escarnio público.

5. Envíe todos los informes física o virtualmente. Con esto se evita que en las asambleas se den informaciones que se pueden dar con anticipación. Los informes serían: Presidente del consejo, de la Administración, estados financieros, presupuesto.

6. Incentive a la asistencia para que la Asamblea salga en la primera convocatoria y no se generen sobrecostos al citar a una nueva.

Durante la Asamblea

1. Realice la reunión en un ambiente adecuado.

2. Tenga actualizado el nombre de copropietarios que hacen parte de la asamblea, esto evitará impugnaciones a futuro. Verifique la legalidad de los asistentes.

3. Lo más importante es nombrar un presidente que sepa llevar una asamblea en forma dinámica y que no dé oportunidad a dilataciones. El 90% del éxito de una asamblea lo hace un presidente efectivo.

4. No repita las informaciones que fueron enviadas con anticipación. Simplemente resuelva preguntas y dé aprobación a lo que se necesita. El debatir sobre lo que está hecho no corrige lo mal actuado. Lo que se debe es dejar anotaciones para que no se vuelvan a cometer errores.

5. Sepa diferenciar entre los temas que se deben tratar en una asamblea y los que le correspondan al consejo de administración. Estos últimos deben quedar referenciados y no dar pie a conflictos entre vecinos.

6. Procure que la reunión sea corta y motivante.

Después de la Asamblea

1. El secretario debe realizar el acta de asamblea dentro de los veinte días siguientes. En ella solo se anota lo aprobado y las especificaciones al acta solicitados por los copropietarios. En el mismo tiempo debe ser firmado por el presidente y la comisión verificadora de la Asamblea.

2. Dentro de este término socialice el acta en un lugar público. El administrador debe facilitar copia del acta a quien la solicite. 3. Lo más importante que debemos tener en cuenta de la Asamblea es que la hacemos todos los copropietarios y que con nuestro comportamiento y actitud somos responsables de que este sea un mecanismo eficaz para el desarrollo de nuestra inversión.

¿Cómo se establece el precio de la administración?

1. Se toma lo gastado en el año anterior y se proyecta sobre los incrementos y obras que son necesarias realizar en la copropiedad.

2. Este se debe presentar en primera instancia al consejo de administración de la copropiedad como lo establece el artículo 51 de la Ley 675/01. Una vez aprobado por éste podrá llevarse a aprobación de la Asamblea General de Copropietarios. Por eso no es correcto manifestar que un presupuesto se incrementa con relación al IPC o al alza de los salarios, sino acorde con un plan de gastos que se programa para el desarrollo de la persona jurídica.

3. Este debe ser llevado a la Asamblea Ordinaria para que sea aprobado por los copropietarios.

4. Una vez aprobado debe ser cobrado por medio de los coeficientes de copropiedad o los módulos de contribución como lo establece el artículo 25 de la Ley 675/01.

En el caso de edificios nuevos, ¿cómo se establece el canon de administración? Acorde a la circular número 6 de la Superintendencia de Industria y Comercio y la ley 675/01, el constructor debe elaborar un presupuesto provisional, el cual debe ser cancelado por los copropietarios una vez se haga la tradición de dominio sobre el bien privado.